Las licencias de software libre son las que van a garantizar la ejecución de las libertades de ejecutar, usar, estudiar, adaptar, distribuir copiar, modificar y liberar las modificaciones del software al público. Para la protección de la libertad del software libre, Richard Stallman funda la Free Software Foundation (FSF), para la cual no es suficiente con cumplir las libertades básicas sino que las distribuciones ulteriores del programa continúen con las mismas libertades. Esta fundación establece que el único software realmente libre es aquel que se distribuye con una licencia GPL (con copyleft). Lo que diferencia el software libre de la FSF es precisamente el término de copyleft, ya que existe software libre que se distribuye con otras licencias, denominándolo código abierto (open sourse). El llamado código abierto intenta ofrecer una perspectiva sobre el software libre más pragmática y orientada al mundo empresarial y se le dio este nombre para diferenciarlo del software libre de la FSF que está relacionado con el copyleft. Por lo tanto este se caracteriza por también respetar las cuatro libertades del software libre pero no poseer copyleft. En definitiva queda claro que lo esencial en estas licencias es la distribución del código fuente del programa y que a excepción de la clausula de copyleft las discrepancias entre ambas no son legales sino de postura.
Algunas definiciones:
Copyleft: Es una práctica al ejercer el derecho de autor que consiste en permitir la libre distribución de copias y versiones modificadas de una obra u otro trabajo, exigiendo que los mismos derechos sean preservados en las versiones modificadas. Esta condición particular, establece la imposibilidad legal de capturar el software libre, modificarlo y privatizarlo. Es un término establecido por la Free Software Foundation (FSF).
Dominio público: Es todo aquel software sin copyright, es el modo más simple de hacer un programa libre. Esto permite que la gente comparta el programa y sus mejoras, si así lo desean. Pero también permite a quien no quiera cooperar, convertir el programa en software privativo. Pueden hacer cambios y distribuir el resultado como un producto privativo. Las personas que reciban el programa en su forma modificada no poseen la libertad que el autor original les dio debido a que el intermediario se la ha quitado.
INCompatibilidad de licencias: la incompatibilidad entre licencias se da cuando dos software distintos poseen requisitos contradictorios imposibilitando combinar partes de los mismos para crear uno nuevo. La proliferación de licencias muchas veces resulta problemático ya que conlleva a agravar la incompatibilidad y volver engorroso el proceso de licenciamiento del Software Libre, además de incrementar el número de textos legales que deberían leer los desarrolladores y distribuidores de Software Libre.
Las licencias software libre pueden ser: robustas, robustas débiles y permisivas. Estas las explicaré en una próxima publicación.
Fuentes:
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